Tu relación de pareja ha llegado a su fin y queréis terminar de una forma sencilla, rápida y económica. Enhorabuena!!!, estás en el sitio adecuado.
Vuestro CONVENIO REGULADOR en 48 horas y la Demanda presentada en el Juzgado en 48 horas más.
Qué debo hacer
Una vez hayas contratado con nosotros, TU ABOGADO se pondrá en contacto contigo a través de un email donde te explicará con detalle los pasos a seguir y la documentación necesaria.
Una vez tengamos la documentación y datos solicitados, TU ABOGADO elabora un convenio regulador en 48 horas y te lo hace llegar vía email.
La Demanda se presentará en el Juzgado en un plazo máximo de 48 horas desde la recepción del convenio regulador firmado por ambos. Ahora solo nos queda esperar a que el Juzgado nos de fecha para ratificar el convenio. Ese día estaremos con vosotros.
Ratificado el convenio regulador, pediremos al juzgado dos copias testimoniadas de la sentencia y os las haremos llegar a vuestros respectivos domicilios.
Costes
- Si no tenéis hijos, el procedimiento completo tiene un precio de 300€.
- Si hay hijos, el procedimiento completo tiene un precio de 500€.
Que servicios están incluidos en el precio
- Redacción del Convenio regulador.
- Redacción y presentación de la Demanda en el Juzgado correspondiente.
- Asistencia del abogado y/o el procurador el día de la ratificación judicial del Convenio Regulador.
- Consultas online sobre la situación del el procedimiento.
- Envío a vuestros domicilios del testimonio original de la Sentencia.
Preguntas más frecuentes
- ¿Qué diferencia hay entre separación y divorcio?
- ¿Necesito abogado y procurador para este procedimiento??
- ¿Qué juzgado es el competente?
- ¿Puedo optar por la separación o divorcio de mutuo acuerdo si tenemos hijos?
- Y si mi pareja no quiere separarse ni divorciarse, ¿tengo que seguir casada?
Con la separación el vínculo matrimonial no se rompe, de manera que no podremos casarnos de nuevo. Con el divorcio el matrimonio se extingue desde el momento en que exista una sentencia firme.
Si, le ley lo exige.
Hay que dirigirse al juzgado donde esté el último domicilio del matrimonio o el de cualquiera de los cónyuges, por eso es necesario aportar el volante de empadronamiento.
Si, aunque habrá que establecer una serie de medidas respecto de los menores de edad.
No, en ese caso tendrás que iniciar un procedimiento de separación o divorcio contencioso, para lo que necesitas un abogado y un procurador.